Revisión de tu instalación eléctrica
La revisión de la instalación eléctrica en viviendas particulares no es obligatoria, aunque si quieres evitar riesgos innecesarios es recomendable que contrates con cierta frecuencia a un instalador autorizado para que realice una revisión de tu instalación eléctrica.
Los posibles peligros de tu instalación eléctrica están ocultos. Cortocircuitos, calentamiento de cables, malas canalizaciones o enchufes en mal estado son algunas de las deficiencias que puede tener tu instalación.
En el servicio de mantenimiento Facilita están incluidas todas las reparaciones y el mantenimiento de tu instalación eléctrica. Además, realizamos la revisión anual de tu instalación.
Modificaciones
Procura mantener al día tu instalación eléctrica.
Si tu instalación eléctrica es antigua y dispone de los antiguos plomos o fusibles, te recomendamos sustituir estos por un dispositivo denominado Cuadro General de Mando y Protección.
Este mecanismo es mejor que los antiguos plomos por las ventajas que presenta en seguridad, tanto para las personas como para la instalación y los receptores.
Recuerda que en tu contrato de suministro eléctrico tienes una potencia contratada que será la que tendrás disponible para el funcionamiento de tus aparatos eléctricos. Si en algún momento esta potencia no es suficiente, se desconectará el ICP del Cuadro General de Mando y Protección o saltarán los plomos, cortándose la luz. Por ello, antes de conectar un nuevo aparato, ten en cuenta que quizás sea necesario que modifiques tu potencia contratada.
Cuadro de mando y protección
El Cuadro General de Mando y Protección está situado en el interior de la vivienda. Su misión es proteger ante cualquier anomalía que se pueda producir en la instalación eléctrica.
Componentes del Cuadro de Mando y Protección
- El Interruptor de Control de Potencia (ICP): Salta cuando la suma de las potencias utilizadas por los aparatos que se encuentran funcionando a la vez sobrepasa la potencia contratada. Si se dispara con frecuencia te indica que la potencia que tienes contratada no es la adecuada.
- El Interruptor General (IG): Es el encargado de proteger la instalación de sobrecargas o cortocircuitos.
- El Interruptor Diferencial (ID): Desconecta automáticamente la instalación cuando se produce una fuga eléctrica en algún aparato electrodoméstico o en algún punto de la instalación.
- Los Pequeños Interruptores Automáticos (PIAs): Son interruptores que protegen de sobrecargas o cortocircuitos en cada una de las zonas en que está dividida la casa (cocina, electrodomésticos, iluminación, etc.). El número de esos PIAs será igual al número de circuitos que haya dentro de la vivienda.
¿Es posible que no tenga instalado el ICP?
No, todos los Cuadros Generales de Mando y Protección lo tienen. Antiguamente no era de instalación obligatoria y por tanto dependía de cada instalación.
¿Qué es la potencia contratada, máxima autorizada o demandada?
- Potencia contratada: Es la potencia que figura en la póliza de suministro eléctrico como potencia contratada con la compañía eléctrica. Esta potencia debe ir en línea con las necesidades de potencia de la instalación, que dependerá de los aparatos receptores instalados, y deberá ajustarse a unos escalones de potencia normalizados. Puede consultar su potencia contratada en la factura eléctrica.
- Potencia máxima autorizada: Es la máxima potencia que podría soportar la instalación eléctrica garantizando la seguridad de las personas y los aparatos. Esta potencia viene recogida en el certificado eléctrico (CIE) y no puede ser inferior a la potencia contratada con la compañía eléctrica. En ausencia de dicho certificado, la potencia máxima autorizada quedaría limitada en todo caso a 4,6 kW.
- Potencia demandada: Es la potencia que realmente demanda la instalación para cubrir las necesidades de potencia por el uso de los aparatos receptores instalados. La potencia demandada no deberá exceder a la potencia contratada que figura en la póliza de suministro eléctrico, ni a la potencia máxima autorizada.