¿Estás pensando en alquilar tu vivienda? ¿Tal vez te estás planteando alquilar un piso junto a tu familia, pareja o amigos? Sabemos que una de las grandes dudas que se plantean en este tipo de momentos son referidas al suministro de gas y electricidad del inmueble: ¿cómo dar de alta un suministro de luz o gas en el piso de alquiler?

Bien seas arrendador o arrendatario, no pierdas de vista este artículo en el que te aclaramos todas las dudas al respecto.

 

¿Quién debe dar de alta los suministros en un piso de alquiler?

Dar de alta los suministros de una vivienda es algo sumamente importante, por ello es el propietario del inmueble quien debe realizar este proceso. Es más, para poder formalizar el contrato de alquiler de una vivienda, esta debe tener ya dados de alta todos los suministros básicos como son la luz, el gas y el agua.

Para que el propietario pueda dar de alta el suministro de luz y gas de la vivienda, deberá ponerse en contacto con la compañía energética y aportar toda la documentación necesaria (datos personales, nº de cuenta bancaria, dirección del inmueble, etc), además de escoger la tarifa que más se adapte a sus necesidades.

 

¿Quién debe ser el titular del contrato de luz y gas? ¿Quién paga los suministros?

Tal y como vimos en el apartado anterior, es el propietario quien debe dar de alta los suministros de luz y agua del inmueble. Para ello, es requisito indispensable que sea él mismo el titular del contrato de luz y gas, ya que de otra manera sería imposible que pudiera realizar este proceso.

Sin embargo, una vez alquilada la vivienda, no es obligatorio que el titular del suministro de luz y gas siga siendo el propietario. De hecho, lo más recomendable es que arrendador y arrendatario lleguen a un acuerdo para transferir la titularidad del contrato de suministros al inquilino.

Llevar a cabo este proceso es simple. Basta con que ambos se pongan en contacto con la compañía eléctrica para tramitar este proceso y presentar la documentación requerida correspondiente. A partir de ese momento, el inquilino ya podrá disfrutar de la titularidad del contrato de suministro de luz y gas hasta que abandone la vivienda.

 

¿Cómo cambiar el titular de los suministros?

Si arrendador y arrendatario han llegado finalmente a un acuerdo para poner a nombre de este último el suministro, es necesario que el nuevo contrato de luz y/o gas figure a su nombre.

De esta forma, el nuevo titular tendrá a su nombre el suministro y será el responsable de los pagos de las facturas, pudiendo elegir además la factura que mejor se adapte a sus necesidades.

Esta gestión de cambio de titular, es totalmente gratuita y debe solicitarla el nuevo titular del suministro a través del teléfono 900 907 000 o rellenando el formulario que encontrarás en nuestra web.

 

¿Qué datos se necesitan para hacer un cambio de titular?

  • Nombre, apellidos, DNI o CIF, email y teléfono de contacto del nuevo titular
  • Nombre, apellidos y DNI del titular anterior
  • Dirección del punto de suministro y número de contrato actual (aparece en la factura)
  • Número de cuenta bancaria del nuevo titular
  •  

    Ten en cuenta que este trámite no es inmediato y que el proceso de cambio de titularidad puede durar de 1 a 20 días. Además, enviaremos una última factura al antiguo titular, correspondiente al consumo previo a que se realice el cambio de titularidad.

     

    El inquilino se va: ¿tiene que dar de baja los suministros de luz y gas?

    A la hora de abandonar una vivienda en alquiler es importante saber cómo se deben gestionar los suministros de luz y gas. En función de la situación en la que el inquilino se encuentre, existen varias opciones:

     

    El inquilino es el titular de los suministros de luz y gas

    En este caso, lo primero que debe hacer el inquilino es ponerse en contacto con el propietario para volver a poner la titularidad de los suministros a su nombre hasta que vuelva a alquilar la vivienda. Recuerda que el cambio de titular solo puede solicitarlo la persona que sea titular del mismo en el momento de iniciar el proceso.

     

    Una segunda opción es la de dar de baja la luz y el gas del inmueble. Esta opción no suele ser la más frecuente en las viviendas de alquiler, ya que supone perder el suministro energético. Esto supondrá que el nuevo titular deberá pagar de nuevo el coste correspondiente al dar de alta nuevamente el suministro.

     

    El inquilino no es titular de los contratos de luz y gas

    Si la titularidad de los suministros corresponde al propietario de la vivienda, el inquilino no deberá realizar ningún tipo de gestión relativa a los suministros de luz y gas en el momento de abandonar la vivienda.

     

    ¿Tienes más dudas? ¡Contacta con nosotros!

    En TotalEnergies ponemos a tu disposición un espacio donde podrás realizar todas tus gestiones totalmente online. Además, si lo necesitas podemos ofrecerte ayuda personalizada a través del teléfono 900 907 000 o de la dirección de correo electrónico [email protected]